NUEVA NORMA DE ELIMINACION DE DOCUMENTOS - PERU
Norma de Eliminación de
Documentos
La Eliminación Documental, es un procedimiento
archivístico que consiste en la destrucción de los documentos en desuso,
autorizados expresamente por el Archivo General de la Nación a través del
Archivo Central de cada institución.
“La Eliminación de Documentos sin observar las
disposiciones legales vigentes es considerado como falta grave y posible de
sanción al amparo de la Ley Nº 25323 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº
008-92-JUS”.
Información Básica
Procedimiento para Eliminación Documental de
Archivos Administrativos o de Gestión de las unidades orgánicas de todas las
Organizaciones Publicas.
Se
procede a Organizar la documentación (clasificación, ordenamiento,
signación) seguido de la descripción mediante la elaboración del
Inventario de Series Documentales propuestas para eliminación.
- El Inventario de Eliminación Documental propuesto debe ser examinado por el Comité de Evaluación de Documentos de cada Institución Pública.
- El Órgano de Administración de Archivos o Archivo Central, solicitará al Archivo General de la Nación la autorización para la eliminación de los documentos en desuso, al vencimiento de los plazos de retención.
- La solicitud de Eliminación Documental será presentada al Archivo General de la Nación con los Inventarios en original y dos copias, acompañadas de muestras documentales para la aprobación del Comité Técnico Nacional del Órgano Rector.
- La Dirección General de Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación, informará sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud.
Si el informe es favorable, el Jefe del Archivo
General de la Nación expedirá la Resolución Jefatural autorizando la eliminación
propuesta.
Está prohibida la eliminación clandestina de
documentos, por ningún motivo se realizará sin la autorización exclusiva del
Archivo General de la Nación, único organismo facultado por el Decreto
Ley Nº 19414.
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